Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0975/2006-R
Fecha: 09-Oct-2006
II.1.
II.1. Por RM 149/04, de 6 de abril de 2004, el Ministro de Trabajo reconoció a la Directiva de la FSTLAB del departamento de Cochabamba, elegida para la gestión de 12 de febrero de 2004 a 11 de febrero de 2006, en cuya conformación se encuentra como Secretario General, Mario Rodolfo Borda Zambrana -ahora recurrente-, declarándolo en comisión con el goce del 100% de sus haberes y demás derechos laborales (fs. 91 a 92).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- III.1. Exigencia de demostrar que con el acto considerado ilegal se produjo la lesión del derecho
- es preciso e ineludible que el agraviado o su representante aporten pruebas suficientes que demuestren la existencia del acto ilegal
- a)
- tampoco podrá otorgarse tutela cuando los actos considerados ilegales no impliquen una real y efectiva restricción del derecho considerado lesionado
- III.2. Análisis del caso
- III.3.
- REVOCA