SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0980/2006-R
Fecha: 09-Oct-2006
I.2.1. Ratificación del recurso
El abogado del recurrente ausente reiteró íntegramente los términos de su demanda y explicó que los Vocales recurridos no valoraron las pruebas aportadas en el recurso de apelación de medidas cautelares, lo que vulnera el debido proceso y genera una detención indebida, puesto que su cliente tiene domicilio, trabajo y familia, lo que viabiliza su libertad, además de que cuenta con un seguro médico para él y su familia que está a punto de perderse al igual que su trabajo, debido precisamente a la detención que guarda. Como la Jueza cautelar ya valoró la prueba, los Vocales recurridos debieron circunscribir su resolución a los aspectos apelados y dictar una resolución fundamentada. Acotó que su cliente no tiene antecedentes penales y que el domicilio cuenta con las exigencias y requisitos para su idoneidad, pues está respaldado por un documento privado reconocido debidamente registrado en Derechos Reales. Concluyó que los recurridos realizaron una valoración antojadiza de ese documento para rechazar la cesación de la detención preventiva.
- recurso de hábeas corpus
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Eloy M. Avendaño Menchaca y Juan H. Mejía Coca, Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba,
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de hábeas corpus
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- b)
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- REVOCA