SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1044/2006-R
Fecha: 20-Oct-2006
II.5.
II.5. La RA 02/2005, de 16 de mayo, emitida por el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional refiere que la Sala Plena en uso de las atribuciones que le confiere el “Cap. VII, Atribuciones, art. 50 inc. 10) y 142” del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones de la Policía Nacional (RS 2218886, de 31 de julio de 2003), dispuso la prescripción y archivo de obrados de los procesos en liquidación por faltas al anterior Reglamento de Disciplina y Sanciones de la Policía Nacional con excepción de las faltas contempladas en el art. 4 Inciso “E” numerales 1 al 18 y de los arts. 140 y 141 previstas en el RDSPN, que deben concluir obligatoriamente de acuerdo con los arts. 103 y 117 del precitado Reglamento para el procedimiento abreviado (fs. 4 a 5).