AUTO CONSTITUCIONAL 360/2006-RCA
Fecha: 16-Nov-2006
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
Los recurrentes sostienen que previo los tramites de rigor la Superintendencia de Minas les otorgó una concesión minera denominada “Las Torres”, la cual luego de ser registrada en el Registro Minero y Derechos Reales, fue impugnada ante el Superintendente de Minas por los representantes de la concesión minera “La Cantera”, que posteriormente se denominó Cooperativa Multiactiva “Catavi” Ltda., quién declinó competencia a la vía ordinaria, instancia ante la que demandaron mejor derecho propietario, reivindicación, nulidad de escritura y consiguiente cancelación de las partidas, ante el Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial, encontrándose actualmente pendiente de resolución en la Corte Suprema de Justicia al haberse planteado el recurso de casación; no obstante, los mismos solicitantes demandaron nuevamente, ante el Superintendente Regional de Minas La Paz-Beni-Pando, la revocatoria de la concesión minera “Las Torres”, que fue rechazada, por lo que interpusieron el recurso jerárquico que fue de conocimiento del Superintendente Regional de Minas de Oruro, por excusa del Superintendente General de Minas, que dictó la Resolución 01/2004, de 8 de junio, anulando obrados hasta el vicio más antiguo. Posteriormente otros representantes de la concesión minera Cooperativa Multiactiva “Catavi” Ltda., demandaron ante el Superintendente de Minas, la nulidad de la concesión minera “Las Torres”, la que fue resuelta pese haber solicitado su declinatoria de jurisdicción, declarando probada la demanda de nulidad e improbada la acción de declinatoria de jurisdicción y competencia, que fue confirmada en el recurso de revocatoria y ratificada en el recurso jerárquico, por el Superintendente Regional de Minas de Oruro, en suplencia legal del Superintendente General de Minas; procediéndose a eliminar de la base de datos, la concesión minera “Las Torres”. Consiguientemente, en revisión, corresponde efectuar un análisis y determinar si existen o no las causales de inactivación o admisibilidad del recurso de amparo constitucional argumentadas por la Corte de amparo.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente in límine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1.
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- II.3. Sobre los requisitos de admisibilidad (de fondo y contenido) del recurso de amparo constitucional
- I.-
- contenido
- Fragmento 10
- I)
- 1)
- APRUEBA