Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 360/2006-RCA
Fecha: 16-Nov-2006
improcedente in límine
Mediante Resolución AC-043/2006, de 4 de agosto, cursante de fs. 78 a 80 de obrados, pronunciada por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró improcedente in límine el recurso, argumentando que los interesados no agotaron la vía jurisdiccional del contencioso administrativo, dispuesta por el art. 164 del CM.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente in límine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1.
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- II.3. Sobre los requisitos de admisibilidad (de fondo y contenido) del recurso de amparo constitucional
- I.-
- contenido
- Fragmento 10
- I)
- 1)
- APRUEBA