Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 369/2006-RCA
Fecha: 17-Nov-2006
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 25 de agosto de 2006, cursante a fs. 24 y vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, interpuesto por Carmen del Rosario Radic Pimentel contra Ancelma Lafuente Mendoza, Jueza Segunda de Ejecución Penal del Distrito Judicial de La Paz, por haber vulnerado su derecho a la seguridad jurídica y la garantía del debido proceso previstos por los arts. 7 inc. a) y 16 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- concederá el amparo solicitado siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- II.3. Análisis de la Resolución enviada en revisión
- se debe acudir al Tribunal que conoció el recurso y que dio origen a la Sentencia, que será ante el cual se solicitará se haga cumplir el fallo constitucional
- 25 de septiembre de 2006
- APROBAR