Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1130/2006-R
Fecha: 09-Nov-2006
a)
a) El recurrido tomó conocimiento del estado de embarazo de la recurrente cuando ésta le dio aviso de ese extremo a través de la nota de 9 de enero de 2006, sin adjuntar ninguna prueba que así lo demuestre, por lo que no constituía una verdad irrefutable, constatándose que la evidencia del embarazo recién se conoció el 20 de enero de 2006, conforme a la ecografía de fs. 1 y el informe de fs. 2, habiendo el recurrido ordenado al Jefe de Personal, a través del memorando 081/2006, de 23 de enero, la elaboración del contrato de trabajo a favor de la recurrente, el cual fue realizado en la misma fecha, motivo por el cual el supuesto acto ilegal denunciado ha cesado.