SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1145/2006-R
Fecha: 16-Nov-2006
procedente en parte
La Resolución de 5 de octubre de 2006, cursante de fs. 45 a 46, en desacuerdo con el dictamen fiscal, declaró procedente en parte el recurso, por ende, anuló el Auto de Vista de 19 de septiembre de 2006, disponiendo que la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal, remita el cuadernillo de apelación al Tribunal competente para considerar las apelaciones interpuestas, con el argumento de que conforme los arts. 130 y 251 del CPP, los tres días fijados como plazo para pronunciar la resolución de la apelación de medidas cautelares, se computan en días corridos, habiendo la Sala Penal Segunda recibido el expediente el 13 de septiembre de 2006, por lo que tenía la obligación de resolver la apelación el 16 del mismo mes y año; empero, lo hicieron el 19 de septiembre de 2006, fuera del plazo perentorio e improrrogable.