SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1186/2006-R
Fecha: 27-Nov-2006
II.5.
II.5. A través del memorial de 7 de noviembre de 2005, presentado ante el Comandante General de la Policía Nacional y miembro del Consejo Superior del Personal, el recurrente impugnó la denegatoria a su pedido de homologación del cargo de Comandante Regional Policial del Trópico de Cochabamba con el de Comandante Departamental, apelando la determinación del nombrado Consejo Superior del Personal en sentido de que no cumplió con el requisito establecido en el art. 11.e del Reglamento de Evaluación para el Ascenso a Generales y Calificación de Jefes y Oficiales de la Policía Nacional, que al momento de determinar el tiempo de su desempeño en cargos de dirección, de manera restrictiva computó el mismo sólo hasta el momento de su postulación y no así hasta el 31 de diciembre de 2005. (fs. 17 a 23).