AUTO CONSTITUCIONAL 389/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 389/2006-RCA

Fecha: 14-Dic-2006

Sala Primera

Por otra parte, en cuanto a la denuncia formulada en sentido de que existiría un doble procesamiento ético por los mismos hechos por lo que el recurrente habría solicitado el 31 de mayo de 2004 al Presidente de la Sala Primera del Tribunal de Honor del ICALP la acumulación de la denuncia radicada en dicha Sala, a la Sala Segunda, la cual había sido negada -sin que conste en obrados estos extremos-, no corresponde su análisis al respecto toda vez que el supuesto acto que se acusa se subsume dentro de lo  establecido en el punto anterior.