Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1226/2006-R
Fecha: 01-Dic-2006
II.3.
II.3. En la audiencia de posesión judicial suspendida el mismo 23 de agosto de 2004, se determinó la apertura de plazo probatorio de ocho días de conformidad al art. 597.II del CPC, computable a partir de la última notificación a las partes, en cuyo transcurso deben presentar las pruebas correspondientes, especialmente de carácter técnico que permitan precisar el derecho propietario de las partes (fs. 69 a 70); notificándose a las partes el 1 de septiembre de 2004 (fs. 71).