SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1237/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1237/2006-R

Fecha: 01-Dic-2006

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Desde hace varios años atrás vivía con su padre y su esposo en el inmueble ubicado en el Pasaje Angostura, zona Sur de la ciudad de Cochabamba, habiendo levantado su vivienda en dicho domicilio; sin embargo, el 13 de septiembre de 2005 fueron “eyectados” violentamente por los recurridos, en virtud a un litigio que existía entre sus hermanos en razón del cual en la referida fecha se efectuó una inspección judicial en la que la autoridad judicial a cargo, verificó que su hermana no vivía en esa casa, y que era ella con su familia quienes ocupaban ambientes en dicho inmueble; pero los recurridos intentaron agredir al Juez que realizaba la inspección, quien junto al personal del Juzgado abandonaron el lugar, luego de lo cual los recurridos con otras quince personas armados de palos y fierros allanaron su vivienda y además de agredirlos procedieron a saquear su casa arrojando todas sus pertenencias a la calle, sin consideración de su anciano padre ni de los menores de edad que se encontraban durmiendo, desde ese momento se le ha restringido el ingreso a su vivienda, existiendo apoderamiento de la cosa ajena con fuerza, violencia y demás agravantes.

Señala que los recurridos han infringido el art. 1282 del Código Civil (CC) que prohíbe la justicia directa, al proceder a desalojarla de la manera descrita y no permitirle el ingreso a su morada, cuando lo que correspondía era que se acuda a los órganos jurisdiccionales a objeto de resolver el conflicto suscitado entre sus hermanos sobre el bien inmueble que viene ocupando desde hace bastantes años y no proceder a invadir, allanar y saquear el mismo, desalojándola sin ninguna orden de autoridad competente, efectuando amenazas de muerte, agresiones físicas y no permitiéndole entrar a su vivienda, de la que tenía pacífica posesión, estando actualmente alojada momentáneamente en la casa de personas de buena voluntad.