SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1318/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1318/2006-R

Fecha: 18-Dic-2006

Fragmento 5

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional declara no ha lugar a la concesión de la tutela demandada, declarando improcedente el recurso, con los  siguientes fundamentos: 1) la recurrente interpuso una acción penal contra el ahora recurrido precisamente por el incumplimiento de las órdenes de devolución del vehículo acusando el haberse transgredido los arts. 154, 160 y 170 del Código Penal (CP), llegándose a la evidencia que aún existe recursos judiciales por agotarse, aparte de los trámites referentes al decomiso preventivo respecto al camión cuya devolución se viene reclamando; 2) ni a tiempo de formular el recurso ni con ocasión de la realización de la audiencia, la parte recurrente ha evidenciado de manera clara los hechos denunciados, vale decir que las resoluciones emitidas por el Fiscal de Materia hubieran sido notificadas e incumplidas y resistidas; por el contrario se ha presentado pruebas  en sentido de que la determinación del Juez cautelar, con relación al mismo camión y los requerimientos emitidos por el Fiscal, recién ha sido notificada en dependencias de la Aduana  el 14 de marzo de 2006, por lo que en ese sentido la autoridad recurrida  tiene el derecho de impugnación.