SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1332/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1332/2006-R

Fecha: 18-Dic-2006

a)

Los Ministros de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, Eddy Walter Fernández Gutiérrez, Julio Ortiz Linares y Juan José Gonzáles Osio, mediante informe escrito de fs. 54 a 55, leído en audiencia, expresaron que: a) la recurrente pretende en los hechos la revisión del análisis de la prueba producida en el proceso ordinario de divorcio que sustentó con Walter Vargas Leigue; b) el Tribunal Supremo enmarcó sus actos dentro de la independencia de sus decisiones, sujetándola a la Constitución y a las Leyes y dentro del marco de la probidad y la legalidad, con los parámetros previstos por los arts. 375, 397 del Código de Procedimiento Civil (CPC) y 1283 y 1286 del Código Civil (CC), es decir con la razonabilidad y equidad  exigidas por la jurisprudencia constitucional, sin existir ninguna omisión de la valoración de la prueba; c) las partes interpusieron y fundamentaron en su momento los recurso que la ley les otorga y fueron resueltos dentro de la congruencia y exhaustividad que se hizo referencia, porque de lo contrario pudieron presentar solicitud de complementación y enmienda; d) la recurrente pretende a través del amparo una revisión extraordinaria de sentencia, omitiendo la vía y el procedimiento que otorgan los arts. 297 y siguientes del CPC, aspecto que implica su improcedencia por subsidiariedad.