SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1332/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1332/2006-R

Fecha: 18-Dic-2006

denegó

Por Resolución 134/2006, de 17 de marzo, cursante de fs. 115 a 117, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca,  denegó el recurso, con condenación de costas y multa a ser determinadas en ejecución del fallo, con los siguientes fundamentos: a) la alegada valoración arbitraria de las pruebas no ha tenido lugar porque el valor probatorio de documento público no fue menoscabado de ningún modo por las autoridades recurridas, puesto que las declaraciones efectuadas en escritura pública sólo pueden tener valor respecto a circunstancias de hecho y no pueden definir derechos ciertos, ya que éstos derivan de la aplicación formal de la ley respectiva; b) en cuanto a la omisión de la cita explícita de disposiciones legales que fundamenten los fallos judiciales impugnados,  supuestamente conculcatorios de los derechos fundamentales alegada por la recurrente, se tiene que los fundos rústicos cuestionados pertenecen a la categoría de bienes propios con causa de adquisición anterior al casamiento, normados por el art. 104 del CF, concordante con el art. 4 del ese Código, en el entendido de que la lista de los incisos de ese artículo no es exhaustiva, sino de carácter indicativo; c) el recurso de amparo no es subsidiario de otras vías ordinarias.