Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0117/2006-R
Fecha: 01-Feb-2006
II.6.
II.6. El 1 de noviembre de 2005, la recurrente, a tiempo de solicitar se suspenda la recepción de su declaración informativa, dirigiéndose al Fiscal de Materia, impetró aclare en qué calidad prestaría la misma, tomando en cuenta que se presentó imputación formal contra dos de los denunciados, habiendo precluido la etapa destinada a recibir las declaraciones de los supuestos involucrados en el hecho (fs. 23 y vta.).