SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0127/2006-R
Fecha: 02-Feb-2006
II.4.
II.4. El Tribunal Superior del Personal elaboró el cuadro de evaluación del actor, el 17 de diciembre de 2003 (fs. 227), en el que señala que no alcanzó el puntaje mínimo de aprobación de 71,00 puntos. En la nota 644/2004, de 13 de julio (fs. 228), el Comandante General de la Fuerza Aérea manifiesta al Comandante en Jefe de las FF.AA., que para la evaluación del hoy recurrente, se aplicó el Reglamento RAA-5, “habiendo omitido para su puntaje la separación de que fue objeto en la Escuela Militar de Ingeniería”, cumpliendo así la Sentencia Constitucional. Asimismo, en la respuesta que envió el Comandante en Jefe de las FF.AA. al Ministro de Defensa Nacional (fs. 232 a 234), ante una solicitud suya, reitera que el recurrente no alcanzó la nota mínima de 71,00 para ser propuesto a ascenso, y que se omitió considerar la separación de la EMI en esa evaluación.