Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0137/2006-R
Fecha: 06-Feb-2006
III.2.
III.2. En el caso de autos la recurrente afirma que su representado pidió por dos veces consecutivas la cesación de su detención preventiva adjuntando la documentación pertinente, habiéndole sido negada en las dos ocasiones por el Juez recurrido sin mayor análisis, por lo que contra la última Resolución de rechazo de 9 de diciembre de 2005, su representado presentó recurso de apelación en forma verbal, denunciando que el Juez recurrido hasta la fecha no lo remitió ante el tribunal de alzada.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- no consta la mencionada apelación verbal;
- planteó directamente el presente recurso de hábeas corpus
- III.3.
- APROBAR