SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0157/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0157/2006-R

Fecha: 10-Feb-2006

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En la demanda presentada en 25 de junio de 2005 (fs. 13 a 16), el recurrente arguye que el 6 de mayo de 2005 en su condición de personero legal de “Full Service” interpuso recurso de amparo constitucional contra José Luis Durán Saucedo y otros, habiendo dispuesto la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz se señale audiencia a las cuarenta y ocho horas de la legal notificación a los demandados, notificación que se cumplió a más de cuarenta y cinco días de la presentación del recurso.

Señala que por información extraoficial de Sala ante la presentación de un memorial por los co recurridos de “Megavisión”, el Secretario de Sala, Marco Antonio Porras Velarde, garantizó a sus patrocinantes que la audiencia pública de dicho amparo fijada para el 21 de junio de 2005, sería suspendida, pero a pesar de que su parte estuvo presente a la hora de audiencia, la Corte de amparo estuvo ocupada con audiencias cautelares “y en ningún momento pensó en la audiencia de amparo” (sic), lo cual se refrenda porque los recurridos no asistieron pues ya daban por descontada la suspensión de dicha audiencia.

Señala que el citado Auto es tardío, viola el principio de retroactividad de la ley por cuanto sin revocar el Auto de admisión del amparo, dispuso sobre la misma materia de aquel, y se apoya en supuestas disposiciones del Tribunal Constitucional, todas ellas posteriores a la fecha en que la Corte de amparo conoció y admitió el recurso, además que afirma no existían “instancias superiores” a donde podía haber acudido, cual señala el Auto.

Anota que la representación que formuló contra el citado Auto, mereció el Auto “descaradamente postdatado con fecha 22 de junio de 2005 negándonos derechos prevenidos por la Ley del Tribunal Constitucional, bajo la grosera excusa de que deberíamos recurrir a esta instancia (Sucre) para obtener lo que pedimos” (sic).