AUTO CONSTITUCIONAL 091/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 091/2006-RCA

Fecha: 29-Mar-2006

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

Los recurrentes alegan que no obstante haber sido despojados de un terreno de su propiedad, los despojadores han sentado denuncia en sus contra por la supuesta comisión de los delitos de daño simple, daño calificado, despojo y otros delitos, sin aparejar prueba alguna; empero, el Fiscal de la causa, en lugar de rechazar la denuncia, está llevando a cabo la investigación de manera precipitada, sin considerar que se trata de delitos de orden privado y no público, lo cual vulnera sus derechos a la dignidad, debido proceso y a la presunción de inocencia; por lo que interpone recurso de amparo constitucional impetrando el archivo de obrados y la calificación de daños y perjuicios. En consecuencia corresponde dilucidar en revisión, si el rechazó dispuesto por la Corte de amparo, fue resuelto en correcta aplicación de las normas previstas en los arts. 97 y 98 de la LTC.