Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0219/2006-R
Fecha: 07-Mar-2006
II.5.
II.5. El 25 de agosto de 2003, los ejecutados interponen recurso de apelación (fs. 113 a 114), el mismo que fue radicado ante el Juzgado de Partido y de Sentencia a cargo del Juez recurrido. La autoridad recurrida por Auto de 24 de abril de 2004, pidió plazo complementario para resolver el recurso planteado (fs. 126 vta.), solicitud que mereció el oficio 310/2004, de 6 de mayo, emitido por el Presidente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, concediendo lo impetrado, señalándole que debe dar aplicación al art. 204 del CPC (fs. 130).