Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0219/2006-R
Fecha: 07-Mar-2006
II.9.
II.9. Por Auto de 22 de enero de 2005, la autoridad recurrida anuló obrados hasta que se notifique personalmente al demandante con la Sentencia, emitida el 11 de agosto de 2003 y cursante de fs. 108 a 109 del expediente principal, arguyendo que se practicó la notificación en la persona del abogado del demandante, señalando además que se incurrió en el mismo error extrañado, en el Auto de Vista de 28 de mayo de 2004 (fs. 172).