SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0221/2006-R
Fecha: 07-Mar-2006
procedente
La Resolución 01/2006, pronunciada por el Juez se Sentencia de Riberalta del Distrito Judicial de Beni, cursante de fs. 97 a 98, declaró procedente el recurso respecto al Juez de Instrucción cautelar, y dispuso se deje sin efecto la Resolución de 24 de julio de 2005, ordenando que regularizando procedimiento se señale nueva audiencia de medidas cautelares para decidir la situación jurídica de la menor en el lapso de ocho horas, e improcedente respecto del ex Fiscal de Sustancias Controladas Jorge Lisandro Álvarez Arismendi y Blanca T. Ardaya Vanucci, Fiscal Adjunta de Sustancias Controladas, de acuerdo a los siguientes fundamentos: a) el Juez recurrido no dio aviso ni notificó al fiscal de Sustancias Controladas Jorge Lisandro Álvarez Arismendi, llevando a acabo dicha audiencia sin su presencia; y b) no se notificó a la Defensoría Municipal de la Niñez y Adolescencia, culpando de esa omisión al Oficial de Diligencias de su despacho, por lo que es evidente que se ha conculcado los derechos de la menor cuya minoría de edad se presume.
Por lo expresado, el Juez de hábeas corpus, al haber declarado procedente el recurso, respecto del Juez recurrido e improcedente en cuanto a los fiscales de Sustancias Controladas Lisandro Álvarez Arismendi y Blanca T. Ardaya Vanucci, no ha considerado la jurisprudencia referida ni ha realizado una correcta aplicación de lo dispuesto por el art. 18 de la CPE.