Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0262/2006-R
Fecha: 22-Mar-2006
II.5.
II.5. El 17 de mayo de 2005, el recurrente prestó su declaración informativa, notificándosele que tiene el término de diez días hábiles para presentar sus pruebas de descargo (fs. 13 a 15). El 27 del mismo mes y año presentó un escrito por el que refiere la presentación de pruebas de descargo, explicando las funciones que desempeña en el Registro Civil y solicitando se le excluya del sumario (fs. 6 a 7 y 55 a 121).