SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0264/2006-R
Fecha: 22-Mar-2006
a)
La autoridad recurrida, adjuntando el informe de fs. 38 a 41, señaló lo que sigue: a) ratificó los fundamentos del Auto dictado por su autoridad, resolviendo el recurso de apelación, en sentido de que no existió sorteo del expediente de referencia por cuanto se encontraban en vacación judicial, de tal forma que no se encontraba en funciones la Sala y la Secretaría de Cámara correspondiente; extremo que se comprueba con la circular de 31 de mayo de 2004, por la que se salva el sorteo extrañado; b) complementariamente a la medida preparatoria de reconocimiento de firma, se solicitó medida precautoria y constitución en mora, de manera que resulta fácil comprender que era un caso de urgente tramitación; c) en el transcurso de la causa ejecutiva, nunca se impugnó el extremo que ha sido motivo del amparo, es decir, su paso por la Sala respectiva; d) existió un juez natural de la causa, que ejerció jurisdicción y competencia por mandato de la ley y, además con reconocimiento expreso de las partes, dado que son ellas las que han legitimado su accionar con apersonamientos y citaciones a la causa; por lo que su reclamo resulta extemporáneo; e) el derecho a la seguridad jurídica y la garantía del debido proceso, debió hacerla valer el recurrente, desde el momento de su violación, en el supuesto consentido, cuando el Juez de origen recibió, radicó y emitió el Auto de admisión de la medida, con la citación al demandado, desde ese momento corrió el término para hacer valer sus derechos que ahora pretende en vía constitucional, por tanto resulta extemporáneo, al no haber sido accionado el recurso dentro de los seis meses; f) es evidente la temeridad del recurrente, por cuanto lo único que pretende de manera desleal y sesgada es suspender la tramitación de la ejecución de la causa; g) al haber demostrado que no existe ilegalidad o restricción a ningún derecho o garantía, sino resolución fundada en materia corriente, por la falta absoluta de fundamento del recurso, vacío y temeridad en su argumentación, solicita se deniegue el recurso, con costas y multa.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- podrán impugnar el acto en forma inmediata a la supuesta infracción a través de los medios y recursos ordinarios que establece la Ley
- III.3.
- III.4.
- improcedencia
- APRUEBA