SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0264/2006-R
Fecha: 22-Mar-2006
II.4.
II.4. Por memorial de 22 de diciembre de 2004, el ahora recurrente interpuso recurso de apelación contra la Sentencia dictada, solicitando se disponga la nulidad de lo obrado en razón a que la demanda de medida preparatoria había sido presentada directamente al Juzgado Segundo de Instrucción en lo Civil y no a la Secretaría de Cámara de la Sala Civil, para que se proceda al respectivo sorteo de la causa, como establece el art. 117 de la LOJ (fs. 8 y vta.); por lo que concedido el recurso de alzada, se radicó ante el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital -ahora recurrido-, quien resolviendo el recurso de apelación, mediante Auto de Vista 06/2005 de 23 de febrero, confirmó en todas sus partes la Sentencia apelada (fs. 10 a 11 vta.); Resolución que fue notificada a Baldir Justiniano Gutiérrez el 4 de marzo de 2005 (fs. 12).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- podrán impugnar el acto en forma inmediata a la supuesta infracción a través de los medios y recursos ordinarios que establece la Ley
- III.3.
- III.4.
- improcedencia
- APRUEBA