Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0275/2006-R
Fecha: 22-Mar-2006
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente ratificó su recurso de amparo constitucional y lo amplió de fs. 143 a 158, aclarando que excluye del recurso de amparo constitucional a Juan Ponce Monzón, Director Administrativo Financiero de la CPS, quedando las demás personas como recurridos, esto en razón a que en la copia simple que presentaron como prueba se nombra a dicha autoridad como firmante del contrato 047/2004, pero no se tiene prueba preconstituida legalizada u original donde conste su nombre. Asimismo, procedió a aportar más prueba señalando que los derechos fundamentales no sólo fueron amenazados sino directamente violados.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- a)
- b)
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- constituye vulneración de este derecho fundamental cuando no hay respuesta a la petición formulada o cuando su resolución es tardía.
- III.2.