Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0279/2006-R
Fecha: 27-Mar-2006
II.3.
II.3. El 14 de julio de 2004, el recurrido Ramiro Ergueta Vega, como autoridad legal competente de la Superintendencia de Hidrocarburos, emitió el Auto inicial de apertura de proceso interno contra el recurrente, dejando establecido que dicho procedimiento debía ser sustanciado conforme las disposiciones del DS 23318-A modificado por el DS 26237 (fs. 48 a 50).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1)
- 2)
- 3)
- Conocer y resolver los recursos jerárquicos planteados por aspirantes a funcionarios de carrera
- establecen que los recursos administrativos de revocatoria y jerárquico, han sido instituidos para impugnar las resoluciones emitidas con relación a ingreso
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- APROBAR