Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0279/2006-R
Fecha: 27-Mar-2006
III.1.
III.1. A ese efecto, en primer lugar corresponde absolver los cuestionamientos formales efectuados por los recurridos, en lo referido a tres aspectos: a) de un lado la alusión de que el recurrente debió plantear un recurso directo de nulidad, porque observa la competencia de las autoridades que conocieron y resolvieron los recursos de impugnación que accionó; b) de otro lado, que también pudo acudir y que correspondía que agote la vía contenciosa administrativa; y c) por último que el recurso no cumple con el requisito de inmediatez.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1)
- 2)
- 3)
- Conocer y resolver los recursos jerárquicos planteados por aspirantes a funcionarios de carrera
- establecen que los recursos administrativos de revocatoria y jerárquico, han sido instituidos para impugnar las resoluciones emitidas con relación a ingreso
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- APROBAR