Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0308/2006-R
Fecha: 30-Mar-2006
improcedente
La Resolución cursante de fs. 47 y 48, pronunciada el 17 de febrero de 2006 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró improcedente el recurso en sujeción a lo establecido por la SC 0117/2006-R, de 1 de febrero, con el fundamento de que el actor no había agotado la vía ordinaria de reclamo, por cuanto acudió directamente al recurso de hábeas corpus para evitar la vulneración de un derecho que no se produjo y que existen amplias posibilidades de que jamás llegue a producirse en realidad.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- improcedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la libertad física y el derecho de locomoción
- está por producirse
- III.2.
- en tanto que la amenaza pueda demostrarse positivamente
- APROBAR