Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0310/2006-R
Fecha: 30-Mar-2006
II.4.
II.4. El 27 de agosto de 2001, la querellante solicitó se declare la rebeldía de la representada del recurrente, petitorio al que se dio curso designándole Defensor de Oficio luego de señalarse audiencia y celebrar la misma, con lo cual también se notificó a la querellada mediante edicto (fs. 13 a 16).