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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0318/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0318/2006-R

    Fecha: 30-Mar-2006

    concedido

    En consecuencia, la situación planteada se encuentra dentro de los alcances y previsiones del art. 19 de la CPE, de manera que el Tribunal de amparo al haber concedido la tutela solicitada, sin haber dispuesto la notificación de terceros interesados dentro del trámite de saneamiento de tierras comunitarias de origen, no ha dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • 1)
    • concede
    • I.3.1. Apersonamiento de terceros interesados
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • concedido
    • ANULAR

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