SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0318/2006-R
Fecha: 30-Mar-2006
III.2.
III.2. De los actuados que informan los antecedentes del presente recurso, se evidencia que dentro de un trámite de saneamiento de tierra comunitaria, el Director Nacional del INRA dictó una Resolución Administrativa que fue impugnada por la Cooperativa “La Unión” -cuyo derecho a la tierra estaba en cuestión- mediante una demanda contencioso administrativa, la misma que fue declarada probada, en consecuencia, nula la Resolución impugnada, disponiéndose al mismo tiempo que el INRA adecue “su accionar a la normativa en vigencia”. Pronunciada la nueva Resolución, ésta fue impugnada también mediante una demanda contencioso administrativa interpuesta por Eliseo Rodríguez Capsupa, a nombre propio y como representante de la Cooperativa “La Unión”, y además, en representación conjunta con Elizabeth Rivera Buitrago, de Humberto Baldomar Vaca y otros, miembros de la señalada Cooperativa; en este último caso el Tribunal Agrario Nacional tras haber sustanciado la demanda en una de sus Salas declaró improcedente la demanda; antecedentes de los cuales se infiere, por el contenido de ambas Resoluciones pronunciadas por el Tribunal Agrario Nacional, que las mismas fueron emitidas a consecuencia de un proceso de saneamiento de tierras comunitarias de origen de Monte Verde promovida por los comunarios que demandan de ella tener la propiedad agraria y en cuya tramitación se emitieron resoluciones con relación a otros terceros que a su vez pidieron el reconocimiento de sus derechos, Resoluciones que tienen su incidencia con relación al trámite en lo principal y eventualmente a sus beneficiarios que, sin lugar a duda, pueden ser afectados en sus derechos o intereses legítimos. Consecuentemente, el Tribunal de amparo, al haber declarado procedente el recurso, sin haber advertido la falta de una necesaria notificación a los interesados en el trámite principal de saneamiento de tierras comunitarias de Origen (expediente 12244), no ha aplicado la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que es vinculante para los operadores de justicia.