SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0325/2006-R
Fecha: 05-Abr-2006
II.5.
II.5. Por Resolución de 21 de junio de 2004, el Fiscal Adjunto, Antonio Hinojosa, dejó sin efecto la Resolución de Restitución de vehículo de 10 de marzo de 2004, por no haber cumplido a cabalidad el procedimiento a seguir según el Acuerdo de Asunción. En la misma Resolución, el Fiscal: 1. conminó a “Héctor Zubieta Acuña”, tenedor del vehículo, a presentar en el plazo de 5 días hábiles, conforme al art. 15 del Acuerdo de Asunción, “la documentación que justifique su tenencia legal con arreglo a lo dispuesto por el Art. 8 del Acuerdo”; 2. dispuso que la autoridad Consular notifique al propietario o a la empresa aseguradora del vehículo, haciéndole conocer que debía presentar sus documentos en el plazo de veinte días, conforme los establece el art. 6 del Acuerdo (fs. 91)