SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0329/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0329/2006-R

Fecha: 10-Abr-2006

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

La parte recurrente amplió su demanda señalando que el 14 de febrero de 2005, posterior a una audiencia de inspección ocular y reconstrucción dirigida por el Fiscal, Erland Eid dentro de otro proceso, un funcionario policial solicitó permiso al Fiscal para ejecutar el mandamiento de aprehensión emitido por el fiscal recurrido con la cooperación de Marcial Flores; consecuentemente se procedió a la aprehensión de Martha Consuelo Valdez para responder la denuncia de incumplimiento de compromiso de buena conducta. Una vez que se apersonaron ante dependencias de la Policía - estando aprehendida su representada -, el policía recurrido, Lucio Espejo por orden fiscal ordenó su libertad con la obligación de presentarse el viernes a las 10 de la mañana.

Agregó que no existe denuncia, querella, acto inicial de investigación, ni informe al Juez cautelar por el supuesto caso 10483, en el que se suscribió el acta de buena conducta; y cuando su representada fue citada por segunda vez, por memorial de 5 de diciembre de 2005, solicitó al Fiscal recurrido declinara su competencia puesto que se pretendía un doble procesamiento, ante la existencia de una investigación penal sobre el mismo caso, expresándole que no estaba dispuesta a conciliar; sin embargo, el Fiscal jamás dio respuesta al memorial, por el contrario solicitó un informe del policía Lucio Espejo Laura, quien informó que no se habían presentado a las citaciones, lo que implica que la aprehensión fue ilegal, pues esta medida no procede por el incumplimiento de un compromiso de buena conducta.