SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0348/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0348/2006-R

Fecha: 10-Abr-2006

II.2

II.2   El 21 de mayo de 2005, el imputado excusó al perito designado, solicitó participación de peritos de parte, objetó los puntos de pericia y impugnó  requerimientos, ante  el Ministerio  Público  el 23 de mayo de 2005, el fiscal de materia Hernán Soria Camacho, ahora recurrido, rechazó dicha solicitud, refiriendo que en lo principal acuda  ante la autoridad  jurisdiccional, que ya se designó peritos y que la menor por su edad, no puede estar sometida constantemente a numerosos estudios periciales al no existir recusaciones a los testigos en la norma procesal y que el art. 316 del CPP, se refiere a las causales de excusa y recusaciones de jueces ( fs. 24 a 25 vta.). En la misma fecha 21 de mayo de 2005, a horas 14:35 el imputado solicitó complementación de peritaje  lo cual fue negado el 24 de mayo de 2005,  con el fundamento que se esté al requerimiento pronunciado en 7 de mayo de 2005, por el fiscal Gualberto Villarroel y porque atenta contra los derechos de dignidad e intimidad de la menor víctima protegidos por los arts. 1 y 5 del CNNA,  art. 15 inc. 10) de la Ley 2033, art. V de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, y art. 29 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) (fs.  36 a 37).