SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0368/2006-R
Fecha: 18-Abr-2006
improcedente
La Sentencia de 8 de marzo de 2006, pronunciada por la Sala Civil Comercial y Familiar de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Potosí, declaró improcedente el recurso con la siguiente fundamentación: a) El Juez Tercero de Instrucción en lo Penal a solicitud del Ministerio Público, revocó las medidas sustitutivas a la detención impuestas a favor de Misael Alan Rodas García, disponiendo su detención preventiva en el recinto penitenciario de Cantumarca, determinación asumida en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 247 incs. 1) y 3) del CPP, por medio de la Resolución 62/2006 debidamente fundamentada, por incumplimiento de su presentación a firmar el libro de control de firmas y de asistencia y la existencia de un nuevo proceso penal en su contra; b) no existe detención ni procesamiento indebidos, las Resoluciones emitidas por el Juez cautelar y la de 23 de febrero de 2006, emitida por los vocales recurridos se hallan enmarcadas dentro de la previsiones contenidas en el ordenamiento jurídico penal y debidamente fundamentadas.