Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0392/2006-R
Fecha: 24-Abr-2006
II.2.
II.2. Por nota de 10 de agosto de 2005, el Coordinador Norte Potosí del Proyecto (FDMP-CDM-NP) de Medicus Mundi, ahora recurrido, comunicó a la recurrente que su contrato quedaba sin efecto desde el 31 de agosto de 2005, en aplicación a la cláusula undécima primera inciso segundo del contrato (fs. 5).