Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0392/2006-R
Fecha: 24-Abr-2006
III.2.
III.2. De otro lado, es imprescindible establecer que uno de los principios que rige la labor del Tribunal Constitucional es el principio de favorabilidad, sobre el cual se ha expresado que debe ser: “(…) reconocido como básico en toda hermenéutica interpretativa de los derechos y garantías fundamentales, dado que el intérprete está obligado a optar por aquel entendimiento interpretativo que desarrolle de mejor forma y con la mayor efectividad, los derechos, principios y valores que consagran el orden constitucional (...)” (SC 0144/2003-R, de 11 de febrero).