AUTO CONSTITUCIONAL 129/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 129/2006-RCA

Fecha: 09-May-2006

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente señala que en su calidad de docente a denuncia de la alumna Ingrid Cortez Llanos, se le inició un proceso disciplinario dictándose las Resoluciones 242/2002, de 2 de octubre y 297/2002, de 27 de noviembre, apeladas las mismas ante el Consejo Universitario, mediante Resolución 046/2003, de 2 de abril, se dejó sin efecto las referidas Resoluciones, Resolución que no fue cumplida, y recién después de dos años se le notifico por la Comisión de procesos Sala II del Consejo Universitario, la cual pretende aplicarle el nuevo Reglamento de procesos universitarios -y no el anterior-, sin tomar en cuenta además que ya fue procesado en la jurisdicción ordinaria por el supuesto delito de violación, investigación que concluyó con el rechazo de la querella. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si el Tribunal de amparo obró correctamente al rechazar el recurso.