AUTO CONSTITUCIONAL 130/2006-RCA
Fecha: 09-May-2006
el amparo constitucional tiene por finalidad el asegurar a las personas el goce efectivo de sus derechos y garantías, con excepción del derecho a la libertad física que se encuentra amparado por el recurso de hábeas corpus
Para comprender el ámbito de protección de esta acción tutelar, es preciso partir de la diferencia con el recurso de hábeas corpus; en ese sentido es preciso recordar que el recurso de amparo constitucional tiene por objeto la restitución o restablecimiento inmediato de los derechos fundamentales y garantías constitucionales, -con excepción de la libertad física-, en los casos en que esos derechos sean amenazados, suprimidos o restringidos por actos u omisiones ilegales o indebidos de autoridades públicas o de particulares, lo que significa que el amparo constitucional tiene por finalidad el asegurar a las personas el goce efectivo de sus derechos y garantías, con excepción del derecho a la libertad física que se encuentra amparado por el recurso de hábeas corpus que ha sido instituido como una garantía constitucional de carácter jurisdiccional que tiene la finalidad de proteger a la persona en el ejercicio de su derecho a la libertad física o el de locomoción contra cualquier acto de restricción o supresión ilegal o indebida.
En este sentido se ha pronunciado la jurisprudencia constitucional cuando a través de un recurso de amparo constitucional como en este caso, se ha pretendido la tutela de la libertad física, así las SSCC 1413/2002-R, 0825/2003-R, 0288/2004-R, 1125/2004-R, entre otras, establecieron que: “(…) a fin de precautelar el ámbito claro de aplicación de los Recursos Constitucionales consagrados por los artículos 18 y 19 de la Constitución Política del Estado (CPE), no corresponde el análisis de fondo de la problemática planteada a través de un amparo, cuando a través de él se busca la protección de la libertad, al encontrarse este derecho fundamental tutelado por el hábeas corpus.”
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- pidiendo también se disponga su inmediata libertad
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
- Fragmento 6
- el amparo constitucional tiene por finalidad el asegurar a las personas el goce efectivo de sus derechos y garantías, con excepción del derecho a la libertad física que se encuentra amparado por el recurso de hábeas corpus
- debe ser denunciado mediante el recurso de hábeas corpus
- II.3. Análisis del caso de autos.
- el 21 de septiembre de 2005, interpuso recurso de hábeas corpus