AUTO CONSTITUCIONAL 151/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 151/2006-RCA

Fecha: 29-May-2006

Fragmento 7

          En ese orden, en la problemática planteada venida en revisión, el recurrente acusa de ilegal, arbitrario y vulneratorio de derechos constitucionales, el Auto Supremo 246, de 18 de agosto de 2005, pronunciado por las autoridades judiciales recurridas, dentro del proceso penal sustanciado bajo el antiguo sistema procesal penal que sigue FANCESA y el Ministerio Público contra Santiago Arana Bustillos y otros por los delitos de estafa y otros, Resolución pronunciada en recurso de nulidad o casación, contra el que no procede ningún recurso ulterior por constituirse éste en un recurso de puro derecho que no prevé ningún otro medio de impugnación ordinario por haber sido pronunciado por las autoridades recurridas con la atribución conferida por los arts. 118.3ª de la CPE y 59 inc. 1) de la LOJ, al constituirse la Corte Suprema en el máximo Tribunal de Justicia ordinaria conforme prescribe el art. 117.I de la CPE; consiguientemente, al no existir ningún otro recurso ordinario al cual pueda acudir el recurrente en defensa de sus derechos que considera vulnerados, se tiene por agotada la vía judicial únicamente con relación al Auto Supremo 246, de 18 de agosto de 2005 entendiéndose por consiguiente cumplido el requisito de subsidiariedad, respecto a lo cual el presente recurso no se encuentra dentro de ninguno de los supuestos de improcedencia previstos en el art. 96 de la LTC.