AUTO CONSTITUCIONAL 161/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 161/2006-RCA

Fecha: 30-May-2006

no impugnó ante la propia Comisión Calificadora

No obstante, a manera de aclaración se deja presente, que el recurrente no ha acreditado que de manera oportuna e idónea, en su debido momento hubiese reclamado -los hechos que hoy denuncia- ante la Comisión Calificadora, al contrario tuvo una actitud pasiva, y recién en el mes de septiembre de 2005, presentó oficios ante otras autoridades, pero no impugnó ante la propia Comisión Calificadora, con lo cual ha incumplido el requisito de la subsidiariedad que implica que con carácter previo a interponer recurso de amparo constitucional, el recurrente debe agotar los medios y recursos legales ordinarios administrativos -en este caso-, ante la misma instancia y autoridad que presuntamente hubiera causado las amenazas o lesiones a sus derechos fundamentales, situación que no ocurrió en el caso de autos y ratifica la improcedencia in limine del recurso.