Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 170/2006-RCA
Fecha: 31-May-2006
revisión
En revisión la Resolución 84/2005, de 4 de noviembre, cursante a fs. 15 a 19, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Juan José Zehl García, Gerente Regional Santa Cruz de la Aduana Nacional contra Saúl Saldaña Secos, Juez de Partido en lo Penal Liquidador, por la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, al debido proceso y acceso a la Justicia, citando únicamente los arts. 16 y 116.IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- Fragmento 8
- De acuerdo con lo establecido por el art. 355 Código de procedimiento penal de 1972 (CPP.1972), normativa en base a la cual se sustanció el proceso penal que dio origen a la sentencia de nacionalización de los motorizados: “Son aplicables, en cuanto no se opongan a lo establecido en el presente Código, las disposiciones pertinentes del Código de Procedimiento Civil y de la Ley de Organización Judicial
- la problemática surge en ejecución de Sentencia del fenecido proceso penal tramitado con el anterior sistema procesal penal
- APRUEBA