Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0431/2006-R
Fecha: 05-May-2006
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Con esos antecedentes plantea recurso de amparo constitucional contra Hernán Salamanca Centeno, Administrador Regional de Cochabamba de la Caja Nacional de Salud, Edgar Hernán Villarroel Romero, Jefe Médico Regional y M. Carlos Soria Columba, Asesor Legal de la CNS, como miembros del Comité de Prestaciones, pidiendo se declare procedente, por ende, se reconozca su derecho a los seguros señalados por la última parte del art. 117 del Reglamento de la CNS, sea con responsabilidad civil y penal de los recurridos, y se les condene al pago de daños y perjuicios a calificarse en ejecución de fallos.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- b)
- I. 3. Tramite en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.