SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0459/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0459/2006-R

Fecha: 15-May-2006

situación ésta que no lo excluye de la responsabilidad de pago asumida, dado que constituye un requisito procesal inexcusable el apersonamiento del nuevo apoderado dentro de todo proceso y asumir él mismo el lugar en que se encuentra el mandatario sustituido con el objeto de que el Juez, previa revisión del documento, acepte o rechace su personería y será recién a partir de la providencia de aceptación que el nuevo representante podrá asumir la representación en el juicio y hacerse responsable tanto de las obligaciones como de los derechos que pudieran emerger de la causa, de conformidad al art. 114 del Código Procesal del Trabajo`

`(…) el recurrente dice haber dejado de representar a la empresa ABAFA SRL desde el 2 de junio del año en curso, fecha en que asumió el cargo de Gerente General y representante legal, O.V.M., a través del Poder General de Administración otorgado por la empresa, debidamente inscrito en el Registro Nacional de Comercio (RECSA); situación ésta que no lo excluye de la responsabilidad de pago asumida, dado que constituye un requisito procesal inexcusable el apersonamiento del nuevo apoderado dentro de todo proceso y asumir él mismo el lugar en que se encuentra el mandatario sustituido con el objeto de que el Juez, previa revisión del documento, acepte o rechace su personería y será recién a partir de la providencia de aceptación que el nuevo representante podrá asumir la representación en el juicio y hacerse responsable tanto de las obligaciones como de los derechos que pudieran emerger de la causa, de conformidad al art. 114 del Código Procesal del Trabajo`(las negrillas son nuestras).