SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0477/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0477/2006-R

Fecha: 16-May-2006

III.2.

III.2. Asimismo, conviene recordar que la SC 1371/2005-R, de 31 de octubre, en cuanto a la omisión de presentar prueba por parte del recurrente para respaldar los hechos alegados cual  es  su carga, ha señalado a su vez  que las SSCC 0419/2003-R y 0714/2003-R, indican que:“las pruebas deben guardar relación con el hecho motivante del recurso, o lo que es lo mismo, la prueba debe demostrar que los hechos supuestamente ilegales ocurrieron...”,  señala igualmente la referida jurisprudencia  que el incumplimiento a lo establecido en el art. 97.V de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), (acompañar las pruebas en que se funda la pretensión )  imposibilita  conceder  el amparo en contra de la autoridad recurrida, “... pues la determinación que asuma este Tribunal debe obedecer a la certeza indubitable de dos factores concurrentes: por una parte la existencia del acto lesivo, y por otra, la intervención, decisión y responsabilidad del recurrido...”, citó  al efecto las SSCC 1959/2004-R, 1734/2004-R, 1234/2004-R, 1151/2004-R, 0969/2004-R, 0260/2004-R, 1256/2003-R, 0951/2003-R, entre muchas otras.