Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0527/2006-R
Fecha: 02-Jun-2006
III.3.
III.3. Por último, con relación a los demás actos denunciados como ilegales, como la supuesta presentación de la imputación formal sin las formalidades de ley y sin recibir previamente la declaración del representado del recurrente, se debe aclarar que los mismos no constituyen causa directa de alguna restricción o vulneración a la libertad o a la libre locomoción del representado del actor; circunstancia por la cual no pueden ser considerados a través del presente recurso de hábeas corpus, que tiene como única finalidad resguardar el derecho a la libertad en los casos en que éste hubiera sido vulnerado.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- a)
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1.
- el recurrente argumentando que el recurso no fue admitido, retiró la acción contra el referido funcionario
- una vez admitido el recurso y señalada la audiencia
- III.2.
- la Fiscal recurrida debió poner a disposición del Juez cautelar al aprehendido hasta horas 23:00 del domingo 23 de abril de 2006;
- III.3.