Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0527/2006-R
Fecha: 02-Jun-2006
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución 03/2006, de 26 de abril, cursante de fs. 23 a 27, pronunciada por la Jueza de Partido y de Sentencia de la provincia Caranavi del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Fernando Pardo Aranibar en representación sin mandato de Ronny Beimar Pardo Santalla contra Willma Alarcón Asturizaga, Fiscal Adjunta de Caranavi, alegando la vulneración del derecho a la libertad, consagrado en el art. 6.II de la CPE.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- a)
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1.
- el recurrente argumentando que el recurso no fue admitido, retiró la acción contra el referido funcionario
- una vez admitido el recurso y señalada la audiencia
- III.2.
- la Fiscal recurrida debió poner a disposición del Juez cautelar al aprehendido hasta horas 23:00 del domingo 23 de abril de 2006;
- III.3.