SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0531/2006-R
Fecha: 05-Jun-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Señala, que el 17 de marzo de 2005, los vocales -ahora recurridos- dictaron el Auto de Vista por el cual revocaron en forma total el Auto de 18 de octubre de 2004, disponiendo que el Juez inferior establezca el monto de asistencia familiar a favor de sus tres hijos conforme a ley, por lo que los recurridos no tomaron en cuenta que los beneficiarios de la asistencia familiar son personas mayores de edad y que tienen capacidad para realizar actos por sí mismos y que tales hechos se encontrarían acordes con lo determinado por el art. 23 del Código de familia (CF) conforme también con el acuerdo transaccional suscrito.
Agrega, que las autoridades recurridas al dictar dicho Auto de Vista 076/2005, suprimen su derecho a la seguridad jurídica por la manifiesta violación del art. 52 del Código de procedimiento civil (CPC) con relación al art. 4 del Código civil (CC) modificado por la Ley 2089 y en la interpretación del art. 8 inc. e) de la CPE; asimismo vulneran el debido proceso, el derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva; por lo que interpone el presente recurso.
- recurso
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 12
- III.1.
- III.2.
- art. 97.IV de la LTC
- III.3.
- cuya mínima fundamentación exige una relación clara de causalidad entre ambos y no el relato de los hechos y la indicación de derechos previstos en determinados artículos
- APRUEBA